Resumen | |
[J] | Coaliciones electorales no pueden usar nombre similares a los partidos Podemos y Ciudadanos.(publicado en Actualidad Diaria 3526 el 21 de abril de 2017) |
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La representación procesal de la "Coalición Electoral Blanes" y "Ciudadanos por Onil", "Ciudadanos de Monforte", "Podemos en L'Alacanti y La Marina Baixa", interponen recurso contencioso administrativo 834/2015 contra acuerdo de la Junta Electoral Central de 15 de abril de 2015, Expediente 281/194 que desestimó el recurso deducido contra otro de 9 de abril anterior que deniega se utilice las denominaciones adoptadas por las formaciones al inducir a confusión al elector por utilizar la denominación de una formación política inscrita en el Registro de Partidos Políticos. Las recurrentes sostienen que no puede existir monopolio exclusivo por determinadas fuerzas políticas de palabras como "podemos" "ciudadanos", "socialista", "popular", etc. El Supremo desestima el recurso. | |
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